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De todo lo expuesto hasta aquí y con la información de los datos y los ejemplos que se han obtenido, podemos concluir que la contratación pública puede llegar a ser un medio para exigir el respeto a los derechos humanos. No obstante, si bien existe un soft law, especialmente a nivel internacional, que fomenta el cumplimiento de los derechos humanos en el ámbito de la contratación pública, no es tan cierto que la normativa, sobre todo nacional, dé mucha libertad de acción a los órganos de contratación a la hora de exigir ese cumplimiento ni prevea mecanismos de seguimiento, evaluación y denuncia suficientes.

En este marco, pues, es necesario abogar por que las instituciones competentes tomen las medidas legislativas necesarias para que los órganos de contratación tengan a su disposición más herramientas para hacer cumplir los derechos humanos a las empresas licitadoras y adjudicatarias de contratos públicos. En cualquier caso, los entes locales, a través de la contratación estratégica, tienen un cierto margen y varias vías de actuación para cumplir y hacer cumplir los derechos humanos. Para ello es necesario hacer cumplir la legislación actual.